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TRABAJO DOMÉSTICO – Aumento salarial – Enero 2024 – Comunicado BPS


Comentarios

  1. Ivana diciembre 29, 2023

    Buen día,si una empleada está en seguro x enfermedad desde julio quien debe abonar licencia/salario vacacional muchas gracias

    • LACCU Uruguay diciembre 29, 2023

      Estimada Ivana: Cuando goce la licencia, el empleador. Atte. LACCU

  2. Ivana diciembre 29, 2023

    Por lo que entiendo se abona normal los 20 días por parte del empleador en cuanto se re integre?

    • LACCU Uruguay diciembre 30, 2023

      Estimada Ivana: Exacto. Atte, LACCU

  3. Buen dia, yo soy jornalera, trabajo todos los sabados, como se calcula el aumento para un jornalero? Gracias!

    • LACCU Uruguay enero 2, 2024

      Estimada Alexadra: Es igual para toda trabajadora, el 4,4%. Para más información comunicarse con el sindicato que es el órgano asesor de las empleadas domésticas. Atte. LACCU

  4. Stella enero 2, 2024

    Hola mi consulta es saber si desde este mes pagan el aumento..o esta estipulado y pagan en febrero
    Gracias

    • LACCU Uruguay enero 2, 2024

      Estimada Stella: El aumento es para el mes de enero que se abona en febrero. Atte. LACCU

  5. Alvaro enero 2, 2024

    Hola, ¿el aumento de enero 2024 rige a partir de los haberes generados en enero o para los generados en diciembre ya aplica?
    Desde ya muchas gracias, saludos,

    Álvaro

    • LACCU Uruguay enero 2, 2024

      Estimado Álvaro: El aumento es para el mes de enero que se abona en febrero. Atte. LACCU

  6. Naralua enero 3, 2024

    Buenas noches soy empleada doméstica, pero a su vez cuido 3 niños dos mellizas de 3 años y un niño de 2 años, a su vez también cocino, me pagan $143 la hora, entro a las o8:00 am salgo 13:30pm, regreso a las 17:00 y me voy 20:30 mi recibo dice horario único, y solo estoy en BPS por 5 horas? Debería de cobrar más o me tienen en regla? Agradezco su respuesta vivo en la ciudad de Young, Departamento de Río Negro.

    • LACCU Uruguay enero 3, 2024

      Estimada Naralua: Le sugerimos que se comunique con el sindicato para que la asesoren cel: 096 050 882 sutd2012@hotmail.com Atte. LACCU

  7. Jhonnie Batista enero 3, 2024

    Buenos dias, donde puedo ver la tabla para ver el tema del % de la prima por antiguedad? O quienes comenzarían a cobrarla ahora en enero 2024? Muchas gracias

    • LACCU Uruguay enero 3, 2024

      Estimado Jhonnie: Ya vamos a subir la tabla pero le adelantamos que las trabajadoras que hayan ingresado con posterioridad al 2 de enero del 2023 inclusive no cobran la prima por antigüedad en el 2024. Atte. LACCU

  8. Macarena simoens enero 8, 2024

    quien corresponda, estoy leyendo el acta de consejo de salario para servicio doméstico fecha 19 octubre 2023. Allí se indica el ajuste salarial para cada periodo. No veo nada respecto a la antigüedad, no se ajusta?

    • LACCU Uruguay enero 8, 2024

      Estimada Macarena: La prima por antigüedad es un beneficio que se acordó en el convenio firmado 10 de noviembre de 2008, y como lo dice en la cláusula décimo tercera del convenio firmado el 19 de octubre de 2023: «Expresamente se establece que se mantienen vigentes todos los beneficios establecidos en los anteriores acuerdos emanados del presente Consejo de Salarios». Por lo tanto fíjese en nuestra nota Cálculo de prima por antigüedad servicio doméstico enero 2024 si tiene alguna duda. Atte. LACCU

  9. María enero 9, 2024

    Buenos días,
    En el caso del personal doméstico jornalero, cuándo se aplica el aumento de este enero 2024, pues cobra su jornal cada vez que asiste, no a principios de febrero como si fuera mensual.
    Muchas gracias desde ya y buen año para ustedes!

    • LACCU Uruguay enero 9, 2024

      Estimada María: El jornalero cobra a partir del primer día de trabajo de enero porque el trabaja y cobra, lo más atrasado puede ser una semana. Atte, LACCU

  10. Joana enero 17, 2024

    Buenos días, agradezco me aclaren una duda, sobre la licencia. La trabajadora trabaja hasta el día 9 de febrero. Los días de carnaval se computan o se comienza a computar el día 14 de febrero su licencia? O tiene que concurrir a trabajar? Ya que serian los días lunes y martes 12 y 13 respectivamente de febrero. Gracias

    • LACCU Uruguay enero 17, 2024

      Estimada Joana. Usted tiene que empezar a contar los días de licencia a partir de un día de trabajo saltando domingos y feriados laborales (carnaval) o no. Atte. LACCU

  11. Joana enero 17, 2024

    Excelente muchas gracias.

  12. Isabel enero 19, 2024

    Buendía, desde Junio/23 una trabajadora doméstica viene a mi casa dos veces por semana 4hs cada vez. A partir de Enero la voy a necesitar sólo una vez por semana 4hs, está en el BPS como jornalera. Quisiera saber si le corresponde indemnización parcial y en tal caso cómo se calcula. Muchas gracias

    • LACCU Uruguay enero 19, 2024

      Estimada Isabel: Si la empleada está de acuerdo corresponde hacer un despido parcial por el día de semana que no va a concurrir. La liquidación la puede calcular como sI fuera un despido total y después le paga la mitad o realizar un despido total por 1 jornal de 4 horas, lo que le resulte más fácil de calcular. Atte. LACCU

      • Isabel enero 19, 2024

        Ok, muchas gracias, pero si fuese mensual por el tiempo que hace que trabaja, correspondería 1 mes de sueldo más alícuota parte de aguinaldo, licencia y salario vacacional. Al ser jornalera, cuántos jornales corresponden? En algún lado ví que serían 2 jornales cada 25 trabajados, pero no sé si se aplica al servicio doméstico y si eso refiere a jornales de 8hs.

  13. Diego enero 26, 2024

    Buenas tardes,
    Con respecto a las horas extras abonadas, entiendo éstas se tienen que tomar en cuenta para el cálculo del Aguinaldo (y prima por presentismo) pero no para el cálculo del Salario Vacacional (y complemento de servicio doméstico). ¿Es así?
    Muchas gracias.

    • LACCU Uruguay febrero 20, 2024

      Estimado Diego:
      DETERMINACION DEL JORNAL BASE DE CÁLCULO DE LA LICENCIA

      Es importante volver a resaltar que el jornal que servirá para calcular el importe a recibir por licencia, no puede ser limitado al básico. Siempre deberá ser incrementado por todos aquellos montos, beneficios, partidas, comisiones, horas extras, etc. que en efectivo o en especie reciba como contraprestación a su trabajo. En consecuencia, al jornal del jornalero o al 1/30 del sueldo del mensual, se añadirán, debidamente prorrateados y a través de diversos procedimientos, el total de lo percibido en el año en que se generó la licencia (no en el que se goza la misma).
      El importe total correspondiente a la licencia resultará de multiplicar el número de jornadas a los que se tenga derecho, de acuerdo a la antigüedad, por el jornal base. –

      La multiplicación del número de jornadas generadas en el año por el jornal base de cálculo de la licencia de conformidad a lo que viene de verse, determinará el monto total de la licencia.
      La licencia gozada lleva el descuento de los aportes sociales.
      La licencia no gozada no lleva aportes sociales.

      Como el salario vacacional es el líquido de la licencia se debe tener en cuenta los puntos anteriores para el cálculo del mismo.

      Atte. LACCU

  14. Lorrene enero 26, 2024

    Estimados, Me gustaria saber el sueldo minimo $27.646 ya esta aplicado la retenciones legal o ese monto es nominal sin los descuentos?

    • LACCU Uruguay enero 27, 2024

      Estimada Lorrene: Los salarios siempre son nominales (antes de los descuentos). Atte. LACCU

  15. Noelia Peña enero 31, 2024

    Cuamto debo cobrar por hora por limpieza ?

    • LACCU Uruguay febrero 1, 2024

      Estimada Noelia: El mínimo nominal (antes de los descuentos) por hora para todo servicio es $145,34 después es un acuerdo entre las partes. El ómnibus no es obligatorio que se lo paguen, pero si así lo acuerdan debe entregar los boletos físicos a su empleador. Atte. LACCU

  16. Lucia febrero 1, 2024

    Cómo estan?
    Les consulto. Mi domestica me la ingresaron como que trabaja 3 jornales de 8 hs al mes y en realidad trabaja 2, porque trabaja 6 días al mes, 3 hs por día. Además de que la ingresaron con un salario mayor.
    Puedo hacer la correspondiente modificacion en BPS o eso me va a generar algún recargo?
    Gracias

  17. Sonia febrero 1, 2024

    Buenas tardes:quiero saber cuantos días de licencia le corresponden a quien trabaja cuatro horas semanales?y como se calculan?
    Gracias.

    • LACCU Uruguay febrero 1, 2024

      Estimada Sonia: Si es jornalera, hasta el 4to. año corresponde 3 jornales del 5to. hasta cumplir 27 años de antigüedad 4 jornales a partir de 28 años de antigüedad 5 jornales. Será el resultado de hacer la siguiente cuenta: días que trabaja por semana (en este caso 1) por 4,32 (semanas que tiene un mes) por 12 por los días de licencia según la antigüedad, este valor cambia de acuerdo a los años de trabajo (vea en nuestra página en “Preguntas más frecuentes” como varía los días de licencia http://ligadeamasdecasa.com.uy/preguntas-frecuentes/) dividido 300 (jornales que tiene un año), el resultado le dará los jornales de las horas que trabaje su empleada y no deberá concurrir a su labor. Atte. LACCU

  18. Noelia febrero 1, 2024

    Cuanto debería cobrar la limpieza doméstica por hora acá en florida?

    • LACCU Uruguay febrero 1, 2024

      Estimada Noelia: El mínimo nominal (antes de los descuentos) por hora nacional para todo servicio es $145,34 después es un acuerdo entre las partes. El ómnibus no es obligatorio que se lo paguen, pero si así lo acuerdan debe entregar los boletos físicos a su empleador. Atte. LACCU

  19. Rita Ferreira febrero 2, 2024

    Buenas tardes. Quisiera saber: para una persona jornalera que trabaja una vez por semana, si yo no voy a estar, y ella no va a trabajar esos días, además del salario debo abonar el jornal como si estuviera trabajando, no? O sea, se abona el salario vacacional y el jornal como si estuviera trabajando?

    • LACCU Uruguay febrero 3, 2024

      Estimada Rita: Si el motivo es porque usted no va a estar en su domicilio y la empleada no puede ir a trabajar solamente debe pagar el jornal otra cosa es si a la empleada le corresponde su licencia anual, en ese caso deba abonar el salario vacacional y la licencia (que es el jornal). Atte. LACCU

  20. Natalia febrero 4, 2024

    Buenas noches , este aumento del 4.4% en enero tambien rige para una trabajadora que comenzo a trabajar en Noviembre 2023? gracias

    • LACCU Uruguay febrero 5, 2024

      Estimada Natalia: Este aumento es para toda trabajadora que al 31 de diciembre haya cobrado un salario no importa la antigüedad. Atte. LACCU

  21. Joana febrero 6, 2024

    Buen día, despejar una duda sobre prima por antigüedad.
    Si el ingreso fue en junio del 2022,en éste caso corresponde la prima,
    Por lo que entendí del 0,5%? Lo que no me queda claro es si se paga por unica vez en enero o se suma al salario mensual?
    Por otro lado agradezco que me indiquen si está bien que la trabajadora
    Pida su licencia, cuando comienza un feriado en este caso carnaval. O hay algun convenio que indique que no se puede. En este caso la empleada trabaja hasta viernes 9 antes de carnaval.

    • LACCU Uruguay febrero 6, 2024

      Estimada Joana: Si la prima se paga todo el año y en convieniente que esté por separado en recibo de sueldo para que que haya problemas futuros (vea nuestra nota Cálculo de prima por antigüedad servicio doméstico enero 2024)
      Salvo que la empleada no tenga la antigüeda sufiente no hay problema cuando tome la licencia. La trabajadora debe comenzar su licencia un día de trabajo y los domingos, feriados laborables o no se deben saltar. Si ella trabaja de lunes a viernes debe comenzar a contar la licencia el miércoles 14 y a partir de ese días sí contar los sábados. El sábado 10 no se cuenta porque no es un día de trabajo en este ejemplo. Atte. LACCU

  22. Sandra febrero 8, 2024

    Comentarios quiciera saber cuanto es el Salario mensual por 120hrs mensuales, o sea 30 hrs semanales, muy amables, gracias

    • LACCU Uruguay febrero 9, 2024

      Estimada Sandra: El salario mínimo nominal (antes de los descuentos) mensual por 30 horas de trabajo por semana y sin antigüedad, es $18.836($145,34x30x4,32) después es un acuerdo entre las partes. El ómnibus no es obligatorio que lo paguen, pero si así lo acuerdanse debe entregar los boletos físicos al empleador. Atte. LACCU

  23. Ana Teresa febrero 10, 2024

    Comentarios
    Quisiera saber cuánto es el sueldo de alguien q trabaja 2 veces al mes 4 hs para mantenimiento
    Y cuánto el aporte en BPS

    • LACCU Uruguay febrero 10, 2024

      Estimada Ana Teresa: Los aportes dependen de las cargas de familia y del monto salarial. Vea en Preguntas Frecuentes en nuestra página en las preguntas 4, 5 y 6 el detalle de los mismos. Atte. LACCU

  24. Padre Pio febrero 10, 2024

    Hola, este aumento influye en el cálculo de lo que se debe pagar por licencia y vacacional generadas en 2023? Muchas gracias por su ayuda.

    • LACCU Uruguay febrero 10, 2024

      Estimado Padre Pio: En servicio doméstico el cálculo de la licencia, salario vacacional y complemento se realiza teniendo en cuenta el mes en que se va a gozar la misma (con los aumentos que se hayan producido en el 2024) pero de acuerdo a las horas que haya trabajado en el año de generacion o sea en el 2023. Atte. LACCU

  25. Carlos febrero 10, 2024

    Comentarios mi empleada trabaja 8 horas una vez por semana los días jueves; tiene una antigüedad de 9 años y fracción. Al 31/12/23 generó 3,81 días de licencia que gozará en 2024. Mi consulta es la siguiente: comienza su licencia un jueves pero el jueves siguiente debe regresar a trabajar?, o no trabaja durante tres jueves y fracción?

    • LACCU Uruguay febrero 11, 2024

      Estimado Carlos: Usted puede pagarle 3,81 jornales pero no puede otorgarle esa cantidad de jornales ya que se dan jornales enteros por lo tanto la empleada, como la cuenta de los decimales es superior a 0,5, gozará de 4 jornales (4 jueves de licencia). Atte. LACCU

  26. Nombre Marina febrero 14, 2024

    BUENAS TARDES .SOY EMPLEADA DOMÉSTICA Y CUIDO ENFERMOS Y CONVALECIENTES ,EN ESTE CASO ME PIDEN CUIDAR UNA SRA DE 85 AÑOS CON POSIBLE FRACTURA DE CADERA .ME NECESITAN 24 HORAS .CUAL SERIA EL SALARIO MINIMO MENSUAL.O POR HORAS.? GRACIAS

    • LACCU Uruguay febrero 15, 2024

      Estimada Marina: Ese es un trabajo no apto para que realice personal doméstico que no estuviera capacitado, así que no podemos decirse cuál es el salario que usted debería percibir por el mismo. Atte. LACCU

  27. Nataly marzo 21, 2024

    Buenas tardes tengo una consulta
    Si mi empleada falta se le quita día de licencia?

    • LACCU Uruguay marzo 21, 2024

      Estimada Nataly: Si las faltas son certifaciones médicas, no. Atte. LACCU

  28. maria abril 18, 2024

    Hola buenas tardes. estoy necesitando un recordatorio del tema faltas.
    * Una falta (si se siente mal) sin certificado bps se descuenta a fin de mes en el sueldo?
    * Una falta con certificado de bps se descuenta a fin de mes en el sueldo?
    * Sigue vigente que el bps paga los dias a partir del 3 er dia de falta?
    muchas gracias, saludos.

    • LACCU Uruguay abril 19, 2024

      Estimada María: Siempre las faltas se descuenta a fin de mes y usted a principio de mes debe comunicar a BPS el nuevo nominal. Sí, BPS los 3 primeros días no paga la certificación médica, abona a partir del 4to. día y el empleador tiene la obligación de pagar esos 3 primeros días cuando la certificación es de 7 días o más. Atte. LACCU

  29. Dayana abril 19, 2024

    Buenas quería hacer una consulta soy empleada doméstica trabajo 4 horas de lunes a viernes y los sábados 3 horas cual seria mi sueldo?soy mensual

    • LACCU Uruguay abril 19, 2024

      Estimada Dayana: El salario mínimo nominal (antes de los descuentos) mensual por 23 horas de trabajo por semana y sin antigüedad, es $14.441($145,34x23x4,32) después es un acuerdo entre las partes. El ómnibus no es obligatorio que se lo paguen, pero si así lo acuerdan debe entregar los boletos físicos a su empleador. Para más información comunicarse con el sindicato o el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Atte. LACCU

  30. maria abril 19, 2024

    hola buenas tardes. necesito un repaso:
    tema faltas en empleadas mensuales
    – 1 falta sin certificado medico, se paga o no el dia?
    – 1 falta con certificado medico, se paga o no el dia?
    o sea es decisión de la empleadora o ahora se esta obligado. esos 3 primeros dias antes del subsidio del bps
    – si trabajan 2 hs y despues se retira enferma, se pagan esas 2 hs o se paga el dia completo? muchas gracias

    • LACCU Uruguay abril 19, 2024

      Estimada María:
      – Las faltas sin certificado por el tiempo que sea se descuentas siempre
      – Entre 1 y 6 faltas con certificado médico se descuenta.
      – Certificaciones médicas de 7 días o más los 3 primeros días no se descuentas el resto sí.
      – Se paga las 2 horas, el resto del día queda a decisión del empleador. Atte. LACCU

  31. Raquel Gonzalez abril 25, 2024

    Buenas tardes, una consulta. Si la trabajadora doméstica de casa trabaja solo los miercoles y por ejemplo el feriado del 1 de mayo fuera un viernes o sabado. Yo tengo que pargle ese día aunque caiga en un día que no trabaja para mi?

    • LACCU Uruguay abril 26, 2024

      Estimada Raquel: El artículo 18 de la Ley 12.590 del 23 de diciembre de 1958 establece que: «Los días 1º de enero, 1º de mayo, 18 de julio, 25 de agosto y 25 de diciembre de cada año, todo trabajador percibirá remuneración como si trabajara; y en caso de trabajar recibirá doble paga».
      El art. 29 del decreto de fecha 26/04/1962 reglamentario de la ley 12590 establece respecto a los feriados pagos que los mismos se deben abonar aún en los casos en los que dichos feriados coincidan con un día de descanso
      Por lo tanto si su empleada es jornalera corresponde que le abone el día aunque no coincida en un día de trabajo, en el caso que sea mensual solo se abona si concurre con el mismo día de trabajo. Atte. LACCU

      • Claudia julio 31, 2024

        Mi pregunta es la siguiente.. cuanto cobra una persona que cuida dos niños 6 horas y tiene que cocinar y hacer limpieza? Gracias

        • LACCU Uruguay julio 31, 2024

          Estimada Claudia: En servicio doméstico no hay categorías. Nosotros le podemos decir cual es mínimo nominal, por 30 horas por semana o por 36 horas por semana, después es un acuerdo entre empleador y empleada. El salario mínimo nominal (antes de los descuentos) mensual por 30 horas de trabajo por semana y sin antigüedad, es $19.081 ($147,23x30x4,32) y por 36 horas $22.897 ($147,23x36x4,32 después es un acuerdo entre las partes. El ómnibus no es obligatorio que lo paguen, pero si así lo acuerdan la empleada debe entregar los boletos físicos para que el empleador los guarde como prueba de viáticos a rendición de cuentas. Atte, LACCU

  32. maria mayo 9, 2024

    hola como están? quería consultarles: si tengo una empresa abierta para una empleada domestica solamente, puedo darle de alta en ella también a otro personal por ejemplo jardinero o una maestra que venga a mi casa a darle clase de apoyo a mi hijo? muchas gracias, saludos.

    • LACCU Uruguay mayo 10, 2024

      Estimada María. Esa consulta la tiene que hacer en BPS. Atte. LACCU

  33. SILVANA mayo 10, 2024

    Queria saber cuanto es el salario mínimo para una empleada domestica sin retiro o cuanto se le debe pagar la hora de trabajo. Ya sé que debo tener el descanso intermedio de 2 horas y las 9 horas de descanso nocturno sin interrupciones
    Gracias

    • LACCU Uruguay mayo 11, 2024

      Estimada Silvana: El salario mínimo nominal (antes de los descuentos) mensual para una trabajadora sin retiro que recién comienza a trabajar es $27.626 igual que para una trabajadora con retiro, después es un acuerdo entre las partes. Las jornadas son de 8 horas por días y 44 horas por semana igual que una empleada con retiro. Todo lo que exceda ese horario corre como trabajo extra. Para más información comunicarse con el sindicato que es el órgano asesor de las empleadas domésticas. Atte. LACCU

  34. Gimena mayo 15, 2024

    Buenos días, realizo la consulta por el tema pago del 1ero de Mayo. La empleada está inscripta en BPS aportando como trabajadora MENSUAL, ella trabaja 2 días al mes, jornada de 4 horas. El 1ero de Mayo NO uno de los días que debía concurrir a trabajar. No trabajó. Debe abonarse igualmente en su caso? Gracias

    • LACCU Uruguay mayo 16, 2024

      Estimada Gimena: A la trabajadora mensual (no importa los días que trabaje) solo se le debe abonar los no feriados laborales que conicidan con un día de labor. Atte. LACU

  35. Daniela mayo 23, 2024

    Hola! Si trabajo 9 horas cuánto tengo de descanso en ese horario? Desde ya , Gracias!

    • LACCU Uruguay mayo 23, 2024

      Estimada Daniela. El descanso es de 30 minutos igual que si trabaja 8 horas. Atte. LACCU

  36. maria mayo 24, 2024

    hola buenos días como estan?

    Paso a relatar una cosa que me sucedio porque quizas le sirve a alguien.

    mi empleada domestica falto 2 dias en el mes de abril por enfermedad sin certificacion y me olvide de enviar la modificacion del salario nominal en la pagina del bps.
    algo que es importante para no pagar el bps completo y para la prima por presentismo.
    mande un mail a servicio domestico modificaciones del bps que siempre me contestan muy amablemente y me dijeron que ellos me lo modificaban.

    Me pidieron que les mande días efectivamente trabajados y remuneración nominal correspondiente a estos.
    Entonces como es mensual el sueldo lo divido 30 y luego lo multiplico por 28. esto es correcto?

    Y sobre los días trabajados me vino duda porque ella trabaja de lunes a viernes pero el sábado se cuenta para licencia entonces no supe como contestarle los días efectivamente trabajados. No entendí si me pedían fechas o solo la cantidad de días.
    Esta bien realizarlo asi?

    Siempre tengo el susto de que al comunicarme con el bps ellos sientan la necesidad de enviarme inspectores.
    muchas gracias

    • LACCU Uruguay mayo 24, 2024

      Estimada María: En cuanto al cálculo del nominal está bien. En cuanto a los días es mejor que pregunte realice la consulta por teléfono (0800-2001) para tener un mejor diálogo o por mail, ya que ellos tiene sus cálculos especial. Atte LACCU

  37. maria mayo 24, 2024

    hola buenas tardes. consulta sobre el recibo de bps. cuando el recibo hace los calculos segun el monto gravado, y de ahi calcula aporte patronal, frl, etc. el monto gravado tiene incluido la prima por antiguedad? no lo especifica. gracias

    • LACCU Uruguay mayo 24, 2024

      Estimada María: Si en el monto gravado está consolidad la prima por antigUedad. Atte, LACCU

  38. Ivana mayo 31, 2024

    Buenas tardes, Nosotros antes vivíamos en buceoy ahora nos mudamos a Villa Biarritz,la empleada me dice ya q ella vive en el Pinar que le queda muy lejos está casa.Que debo hacer en tal caso? Tomarlo como renuncia?

  39. Virginia junio 1, 2024

    Buenas tardes,
    Agradezco la aclaracion de una duda sobre como liquidar las faltas.
    Es una trabajadora mensual, que estuvo certificada por 10 dias, la duda que tengo es si para los calculos del sueldo se descuentan 7 dias corridos o solamente los dias que le tocaba trabajar a partir del 4 dia.
    Antentamente

    • LACCU Uruguay junio 1, 2024

      Estimada Virginia: Si es mensual el salario lo debe dividir por 30 y descontar 7 días. En realidad en el recibo usted va a descontar 10 días y sumar 3 días Según convenio del 22 de noviembre de 2021. Atte. LACCU

  40. sonia junio 4, 2024

    Hola, si la trabajadora doméstica (mensual) pide bajar el horario por temas personales. Tengo que hacerla la liquidación y volver a contratar por menos horas o puedo modificar en BPS la cantidad de horas y así está bien?
    gracias

    • LACCU Uruguay junio 5, 2024

      Estimada Sonia: Le recomendamos que haya una carta de la empleada solicitando la baja de la carga horaria para que en el futuro no le reclame el despido parcial. Una vez que la tenga puede dar la modificación en BPS directamente, no hay necesidad de dar la baja y contratar de nuevo. Atte. LACCU

  41. Rossana junio 9, 2024

    Hola! Mi consulta es . ¿Yo estoy de licencia médica desde enero y quería saber si viene aumento salarial para la empleada doméstica en julio quien me debería pagar el aumento si mi patrona o bps?

    • LACCU Uruguay junio 9, 2024

      Estimada Rosana: BPS le está pagando el salario de acuerdo a los últimos 6 meses de que usted estuvo trabajando. El ajueste lo tendrá que hacer el Ente. Cuando usted ingrese de nuevo a trabajar su empleador deberá pagar el sueldo actualizado pero sin ningún pago de retroactivo que BPS no haya abonado. Atte. LACCU

  42. mari junio 11, 2024

    buenos dias tengo una consulta obvia pero igual me genero dudas. si una licencia por enfermedad dice desde el 28/5 hasta 11/06, se debe reintegrar el 11? o la licencia es hasta el 11 inclusive?
    otra duda, si justo el mes tiene 31 dias igual se divide entre 30 el sueldo para descontar los dias de faltas? y lo que dé se multiplica por los dias de faltas para decontar, es asi? Mil gracias

    • LACCU Uruguay junio 11, 2024

      Estimada Mari: Si dice hasta el día 11 debe reintegrarse el 12. Si es mensual siempre se divide por 30 y se descuentan la cantidad de faltas. Atte. LACCU

  43. Ivonne junio 13, 2024

    Buenos días,quisiera saber si estoy cobrando por hora por 4 hrs 2 veces a la semana y cobrando al mes ya casi un año ,aplica los aumentos salariales?
    Gracias

    • LACCU Uruguay junio 13, 2024

      Estimada Ivonne: Los aumentos salariales por convenio corresponden para todas las trabajadoras independientemente tiempo que esté trabajando, del salario que reciban, de las horas que trabajen o si son mensual, jornalera, con retiro o sin retiro. Para más información comuníquese con el sindicato. Atte. LACCU

  44. maria junio 21, 2024

    hola consulta. si mi empleada domestica esta de licencia por enfermedad desde mayo y no se ha reintegrado aun. para el aguinaldo yo pago los sueldos nominales desde dic a mayo inclusive exactamente lo que le he pagado real con prima por antiguedad verdad? o sea el sueldo de mayo es menor al normal por faltas, ese es el que uso… gracias

    • LACCU Uruguay junio 21, 2024

      Estimada María: Si en el semestre tuvo la empleada asitencia perfecta corresponde que le abone el presentismo

      ¿Qué significa que el trabajador tenga “Asistencia Perfecta”?
      Significa que el trabajador no tuvo faltas en el lapso de control, salvo aquellas inasistencias que se pudieron originar por los motivos que se detallan a continuación:
      a) Enfermedad debidamente comprobada (certificación médica ingresada a BPS o BSE),
      b) Ejercicio del derecho de huelga, decretadas por el PIT-CNT y/o SUTD con carácter general, en cuyo caso se aplicará la Ley Nº 19.051.
      c) Licencia anual reglamentaria,
      d) Licencias especiales (por ejemplo por estudio, duelo, matrimonio, etc.)

      Por lo tanto si las únicas faltas son las certificadas de mayo, no solo le debe pagar la antigüedad sino también el presentismo. Deberá sumar los nominales totales de diciembre a mayo (que será menor por las faltas) y agregar el nominal del presentismo de diciembre (si lo hubo) dividirlo por 12 para el aguinaldo y este valor dividirlo por 4 para obtener el presentismo. Estos dos resultados después debe descontar los aportes dado que estuvo haciendo los cálculos con los valores nominales. Atte. LACCU

  45. Magdalena julio 3, 2024

    Buenos días, quería hacer 2 consultas… mi patrona al día de hoy no me a pago el medio aguinaldo de junio! Pasa algo si se pasa de fecha estipulado?
    Y si hay aumento ahora en Julio? Gracias

    • LACCU Uruguay julio 3, 2024

      Estimada Magdalena. Las empleadas domésticas deben dirigir sus dudas al sindicato. Atte. LACCU

  46. B.tardes quisiera saber si hay aumento este mes de julio 2024 gracias

    • LACCU Uruguay julio 7, 2024

      Estimada Margarita: En cuanto se firme el acta daremos a publicidad el nuevo aumento salarial. Atte. LACCU

  47. Monica julio 8, 2024

    Buenos dias, quisiera contratar una señora que me ayude una vez por semana, pero no tengo muy claro que obligaciones tengo que pagar, como empleador. sería un jornal a la semana. si me pueden aclarar un poco. como se paga el BPS y si tengo que pagar aparte el BSE o vienen juntos. muchas gracias .

    • LACCU Uruguay julio 8, 2024

      Estimada Mónica: Debe tener bien en claro la diferencia que hay entre el jornal o el salario nominal (antes de los descuentos) y el líquido (o en la mano) que es el que recibe la empleada luego de realizarlos los descuentos previsionales. Si usted acuerda $250 la hora nominal, la factura de BPS tomará ese valor para hacer los cálculos y su empleada recibirá en la mano $205 pero si usted acuerda $250 en la mano deberá declarar en BPS una hora nominal de $305 si no lo hace así no será correcto el valor del salario de la trabajadora.
      En nuestra página en «Preguntas Frecuentes» tiene cuales son los aportes que corresponde a la empleada y cuales al empleador. BPS se encarga de enviarle la factura con el importes a pagar de los aportes de ambas y cuando la inscribe en BPS también queda anotada en el BSE y el costo del seguro también viene en la factura de BPS. Le recomendamos que lea el apartado de Preguntas Frecuentes, el Manual de Buenas prácticas (que no hay una nueva versión pero la base de lo que usted debe saber se encuentra allí) y si tiene alguna duda más escríbanos a ligadeamasdecasa@vera.com.uy Atte. LACCU

  48. Ivana julio 9, 2024

    Buenos días, quisiera saber cuál es el ajuste apartir del 1 de julio desde ya muchas gracias cómo siempre

    • LACCU Uruguay julio 9, 2024

      Estimada Ivana: Como al aumento fijado en el Convenio se le debe descontar el correctivo por inflación estamos esperando que el Ministerio de Trabajo homologue los cálculo, hasta ese momento no podemos adelantar nada. Atte. LACCU

  49. Nata julio 9, 2024

    Comentarios
    Se realiza diferente el cálculo para un despido de 17 años. Serían 6 sueldos más aguinaldo y licencia.

    • LACCU Uruguay julio 9, 2024

      EStimada Nata: El cálculo es similar pero debe prestar atención porque tanto en el caso de jornaleras como mensuales la indemnización no es el salario a secas. Tenga presente los siguientes pasos:

      – Cuando se despide a una empleada se le deberá abonar

      – Salarios adeudados
      – Aguinaldo y presentismo (si corresponde) desde el 1 junio de 2024 al momento del despido (lleva descuentos previsionales)
      – Licencia, salario vacacional y complemento del 2023 si no fue gozada hasta el momento del despido (no lleva descuentos previsionales)
      – Licencia, salario vacacional y complemento generado en el 2024, desde el 1 de enero 2024 al momento del despido (no lleva descuentos previsionales) Si es mensual el cálculo de días de licencia: 1,66 días por cada mes trabajado. Si es jornalera, el cálculo de jornales: días que concurría por semana por 4,32 por meses trabajados por días de licencia según la antigüedad para un mensual divido 300.
      – IPD (indemnización por despido) correspondiente según liquidación si es jornalera o mensual (no lleva descuentos de ningún tipo)
      – Todos los cálculos para la IPD deberán realizarse con el último salario nominal incluida la antigüedad.

      – Para los jornaleros para calcular el total de IPD se debe tomar en cuenta:

      – Cuando se habla de jornal en servicio doméstico es de la cantidad de horas que trabaja al día que pueden ser menor a 8 horas, por ejemplo, si trabaja un día a la semana 4 horas, por más que en el BPS esté por 2 jornales (de 8 horas) para el cálculo son 4 jornales al mes (más exactamente 4,32) de 4 horas cada uno
      – Si en el año trabajó 240 jornadas, genera una indemnización de 25 jornales por cada año de antigüedad.
      – Si en algún año no llegó a trabajar 240 jornadas trabajadas, pero el promedio de todos los años es mayor a las 240 jornadas, también le corresponden 25 jornales por cada año de trabajo.
      – Si no llega a los 240 jornales en cada año, corresponde cobrar 2 jornales por cada 25 jornales trabajados.
      – El tope de la indemnización es de 150 jornales.
      – Si las faltas justificadas o no, no están debidamente documentadas y avisadas al BPS, no se toman como inasistencias
      – Las licencias médicas o anuales se cuentan como jornales trabajado
      – Los días de licencia anual se cuentan como trabajados

      – Para los mensuales es 1 IPD por cada año trabajado o fracción hasta un máximo de 6.

      – A las IPD de deben sumar las alícuota o incidencias correspondientes: Las mismas surgen de la interpretación que hace la doctrina laboralista de las leyes de indemnización por despido. El artículo 4 de la Ley 10.489 establece como base económica de cálculo el importe de la «remuneración total correspondiente a un mes de trabajo». Esta remuneración, dice la doctrina alcanza a todos los haberes de naturaleza salarial generados por el trabajador durante un mes, cualquiera sea la forma de liquidarse y pagarse. Por lo tanto, esta remuneración total estaría conformada por el sueldo base vigente a la fecha del despido más todos los elementos marginales de la retribución que genera el empleado durante un mes de trabajo. A cada jornal de la IPD se le debe sumar la parte proporcional de aguinaldo, salario vacacional, licencia, presentismo y complemento salario vacacional que no tiene nada que ver con lo generado en esos ítem y no haya cobrado todavía.

      – El jornal de la IPD con las incidencias:

      – Jornal nominal incluida antigüedad
      – Aguinaldo: Jornal nominal incluida antigüedad dividido 12
      – Presentismo: Aguinaldo dividido 4 (o 25% del Aguinaldo)
      – Licencia: Jornal nominal por 0,0666
      – Salario vacacional: igual que la licencia
      – Complemento: 15% del Salario vacacional
      Total de 1 jornal para la IPD: sumar 1 al 6

      – Una IPD para mensual

      – Salario nominal mensual incluida antigüedad
      – Aguinaldo: Salario nominal incluida antigüedad dividido 12
      – Presentismo: Aguinaldo dividido 4 (o 25% del Aguinaldo)
      – Licencia: Salario nominal dividido 30 por 1,66
      – Salario vacacional: igual que la licencia
      – Complemento: 15% del Salario vacacional
      Total de una IPD: sumar 1 al 6

      – Repetimos: Los valores que se agregan a la IPD no tiene nada que ver con lo que la trabajadora ha generado y no haya gozado de licencia, salario vacacional, complemento, aguinaldo y presentismo

      Le informamos que en cuanto al plazo para el pago de la liquidación por despido o renuncia, no hay uno expresamente consagrado en una norma laboral, por lo cual entendemos corresponde remitirnos al artículo 1440 del Código Civil, el cual establece que “la obligación en que por su naturaleza no fuere esencial la designación del plazo o que no tuviera plazo cierto estipulado por las partes o señalado en este Código, será exigible 10 días después de la fecha”. Como la norma no establece que sea días hábiles, la interpretación en general es entender que son días corridos. A su vez la ley Nº 18572 en su artículo 29 establece una multa por el retraso en el cobro de la liquidación por egreso: «La omisión de pago de los créditos laborales generará automáticamente, desde su exigibilidad, un recargo del 10% sobre el monto del crédito adeudado.»

      Atte, LACCU

  50. Karen silva julio 10, 2024

    Buenas tardes quisiera saber si mi patrona debe pagarme el aguinaldo yo estando en disse en los meses de marzo abril y mayo y si me corresponde el presentismo gracias

    • LACCU Uruguay julio 11, 2024

      Estimada Karen: Sí, el empleador debe pagar el aguinaldo y presentismo proporcional a los meses de diciembre a febrero, el resto del período lo paga BPS. Atte. LACCU

  51. Cristina julio 21, 2024

    Hay alguna novedad sobre el aumento a aplicarse a partir de julio 2024??? Gracias

    • LACCU Uruguay julio 21, 2024

      Estimada Cristina: Esta semana se estará firmando el Acta, en cuanto se realice el acto lo estaremos publicitando. Atte. LACCU

  52. Ekena julio 21, 2024

    Consulta : cuando trabajas una vez a la semana por 3 ó 4 horas a cuanto se cobra la hora (esto es sin aportes )

    • LACCU Uruguay julio 21, 2024

      Estimada Ekena: Cuando se actualice los valores realice la consulta nuevamente o pregunte al sindicato. Atte. LACCU

  53. Natalia julio 25, 2024

    Buenos días: Hay alguna novedad sobre el aumento a aplicarse a partir de julio 2024??? Gracias

    • LACCU Uruguay julio 25, 2024

      Estimada Natalia: Hoy jueves 25/7 se firmó el Acta con un 1,3% de aumento para el semestre. Atte. LACCU

  54. Virginia julio 25, 2024

    Buenas tardes,
    Alguna novedad sobre el aumento por Consejo de Salarios.
    Atentamente

    • LACCU Uruguay julio 25, 2024

      Estimada Virginia: Hoy jueves 25/7 se firmó el Acta con un 1,3% de aumento para el semestre. Atte. LACCU

  55. Natalia julio 25, 2024

    Hay alguna novedad sobre el aumento a aplicarse a partir de julio 2024??? Gracias

    • LACCU Uruguay julio 25, 2024

      Estimada Natalia: Hoy jueves 25/7 se firmó el Acta con un 1,3% de aumento para el semestre. Atte. LACCU

  56. veronica julio 30, 2024

    consulta..el aumento es 1.3% en lugar del 2.75% que estaba estipulado o ademas de? muchas gracias

    • LACCU Uruguay julio 30, 2024

      Estimada Verónica: Es en lugar del 2,75%, porque a ese incremento salarial se le descontó parte del correctivo por inflación y quedó el 1,3% el remante se descontará del aumento de enero por eso en vez de ser el 2,75% va a ser en es fecha el 2,07%. Atte. LACCU

  57. Jisella agosto 12, 2024

    Buenos días para todos, consulta tengo una empleada domestica en mi casa gana por hora, si yo me voy 20 días de vacaciones me corresponde pagar su sueldo? De esos 20 días 5 los trabaja para limpieza profunda en casa, los otros 15 se los debo de pagar también? Agradezco su respuesta

    • LACCU Uruguay agosto 12, 2024

      Estimada Jisella: Según el Acta de Consejos de Salarios de fecha 17 de diciembre de 2010 que homologa el Convenio Colectivo en la misma fecha en su art.11: Los empleadores deberán abonar a los/as trabajadores/as domésticos/as su salario y/o jornal íntegro toda vez que, por diferentes razones decidan no convocarlos/as en los días acordados. No importa si la empleada es mensual o jornalera, pero en su caso tal vez su empleada tenga la antigüedad suficiente y parte de esos días o la totalidad los pueda usar como licencia anual o sea como vacaciones para la empleada. Eso no se lo podemos contentar a ciencia cierta por los pocos datos que usted nos da. Si quiere ampliar el caso escríbanos a ligadeamasdecasa@vera.com.uy
      Atte. LACCU

  58. Alejandra octubre 14, 2024

    Buen día. Consulta cuantas horas debo trabajar mensual para que me corresponda Disse? Y como tengo que hacer para ponerme en caja en caso que el empleador no me ponga?.

    • LACCU Uruguay octubre 14, 2024

      Estimada Alejandra: Para ser beneficiaria del Seguro Nacional de Salud debe computar como mínimo 13 jornales mensuales de 8 horas de trabajo (108 horas al mes) o percibir una remuneración mayor a 1,25 BPC (cada BPC=$6.177 o sea un salario mayor a $7.721 mensuales). Para más información debe comunicarse con el sindicato para que la asesoren. Atte. LACCU

  59. Geraldine diciembre 16, 2024

    Hola yo el mes pasado falte 3 días a mi trabajo soy mensual siempre que falte me pagaron todo este mes me descontaron los 3 días certificados. Es correcto eso? Gracias

    • LACCU Uruguay diciembre 16, 2024

      Estimada Geraldine. Las faltas certificadas o no se descuentas, hay muy pocas inasistencias por ley que no se descuentan, para más información debe comunicarse con el sindicato. Atte. LACCU

  60. Nombre Natali enero 1, 2025

    Buenas tardes. Consulta. Trabajo de empleada doméstica mi consulta es cuánto deberían aumentarme la hora ya que me pagan x hora? Gracias

    • LACCU Uruguay enero 16, 2025

      Estimada Natali: El aumento es general y es del 2,07%. Atte. LACCU

  61. Belén marzo 28, 2025

    Buen día, cuando una empleada domestica esta certificada por mas de 7 días y por consejo de salarios el empleador debe cubrirle los primeros 3, esos 3 días llevan aportes ?

    • LACCU Uruguay marzo 29, 2025

      Estimada Belén: Sí, se le deben descontar los aportes. Se abona el 100% del nominal menos los aportes personales que corresponda para que quede el 100% del líquido que acostumbra ganar. Atte. LACCU

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