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BSE

BSE-LACCU

Es obligatorio que el empleador contrate una póliza de seguros contra accidentes de trabajo desde el ingreso de su empleada doméstica. Por ello pensamos que era importante acordar con el BSE una cuota apropiada.

Atendiendo a los innumerables reclamos por parte de los empleadores referidos a la desinformación sobre la obligatoriedad del seguro de accidentes de trabajo y a la inequidad del costo de la prima respecto de las horas de trabajo, la Liga ha intentado hablar con autoridades del Banco de Seguros para llevarles nuestras inquietudes sobre el tema. El 14 de mayo de 2013 tuvimos un encuentro con autoridades del Banco a las cuales le acercamos dichas cuestiones, llegando a un acuerdo que creemos beneficioso para todos. En breve ampliaremos estos temas

El 31 de octubre de 2014 recibimos un mail de la Cra. Graciela Vidal Castro Sub Gerente General del BSE con el siguiente texto

ADT – SERVICIO DOMÉSTICO

 A partir del 1° de Enero de 2014, en el marco de un proyecto global de formalización de los trabajadores domésticos en coordinación con el Banco de Previsión Social, los seguros de Servicio Doméstico (SERDOM) pasarán a ser cobrados mensualmente en la factura del BPS junto con los aportes de seguridad social y de acuerdo al monto imponible mensual.

Previo a esto se deben realizar algunos ajustes, para que en el producto SERDOM (Servicio Doméstico) queden solamente las pólizas que cubren al personal doméstico de acuerdo al concepto expresado en el Art. 1 de la ley 18065*.

Finalmente el 12 de diciembre de 2013 se firmó el Convenio entre BPS y BSE, que dispone que a partir del mes de cargo Enero /2014, la cobertura de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales para el trabajador Doméstico se cobrará mensualmente en la factura de aportes.
Este convenio contribuye a la protección de los derechos de los trabajadores ante posibles contingencias y además, simplifica el trámite para los empleadores resultando para la mayoría una disminución del costo.
El importe a abonar se calcula en forma mensual y equivale al 3,27 % de la remuneración del trabajador.

Gracias a todos los que participaron en el tema.

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