Señor Empleador: Lea con atención
Señor Empleador:
Queremos prevenirlos ante las falsas noticias que están circulando por las redes sociales.
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Todavía no se ha firmado el nuevo Convenio por lo tanto los mínimos a la fecha NO han variado, por supuestos que se verán incrementados cuando se acuerde el mismo pero no son los valores que se están mal informando.
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No hay un mínimo para las mensuales y otro para las jornaleras
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El boleto NO es obligatorio abonarlo
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Y por último el 8 de marzo es un día común, NO es feriado, NO se paga doble para ninguna clase de trabajadora doméstica (con cama, con retiro, mensual o jornalera)
Estén atentos, pregunten antes de tomar alguna decisión.
Los saludamos muy atentamente
LACCU
Uruguay, 5 de marzo de 2019
está bueno el aviso pero no dice la fecha, gracias
Estimado Marcelo: Tiene razón, es que cuando se escribe la nota sale el día y la hora realizada pero no en publicación, trataremos de acordarnos de poner el día al final del trabajo. Gracias. LACCU
Gracias por la información. Siempre tuve la siguiente duda: el importe de los boletos (que previamente fue requisito de la empleada cobrarlos) se deben incluir en el monto nominal para el cálculo de aportes?
Estimada Alicia: Volvemos a repetir: el boleto NO ES OBLIGATORIO, si así lo acordaran hay dos manera de pagarlo. La primera, a rendición de cuentas, la trabajadora DEBE ENTREGAR los boletos de ida y vuelta y usted deberá guardarlos como prueba ante cualquier reclamo del MTSS, del BPS, etc., por supuesto esta suma se entrega en efectivo a la empleada y subirá con los incrementos del pasaje. La segunda es cuando se acuerda sumar al salario el valor del boleto, por ejemplo se acuerda un jornal diario de $400 más un viático de $76, un total diario de $476. El viaje pasa a ser parte del salario. Este monto se declarará en el BPS (lleva aportes) y el pasaje NO se incrementará con la suba del mismo sólo se elevará cuando hay incrementos salariales y será parte proporcional para la liquidación de aguinaldo, licencias, salario vacacional, etc. Atte. LACCU