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Reproducimos decisión del directorio del BPS sobre el pago en 3 cuotas de los tributos generados por la retroactividad por laudo del servicio doméstico


Señor Empleador:

Le informamos que el Directorio del BPS autoriza a la asesoría tributaría y recaudación a recibir sin multas ni recargos el pago de los tributos generados por la retroactividad por laudo de servicio doméstico generadas a partir del 1º de enero de 2016 según cronograma que indica el pago en tres cuotas, mediante un mecanismo de excepción.

 

 

 

R.D. Nº 10-37 /2016.-

Montevideo, 20 de abril de 2016.-

CONVENIO DEL CONSEJO DE SALARIOS

EN EL SERVICIO DOMÉSTICO

Cobro de retroactividad.-

————————————————————

VISTO: el convenio celebrado en el ámbito de los Consejos de Salarios del Servicio doméstico, que rige desde el mes de enero de 2016;

 

RESULTANDO:

 

I) que el acuerdo celebrado abarca el período comprendido entre el 1 º de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2018, disponiéndose que se efectuarán ajustes salariales el 1° de julio de 2016, 1 º de enero de 2017, 1 º de julio de 2017, 1 º de enero de 2018 y el 1 º de julio de 2018;

 II) que habiéndose suscrito el acuerdo en el presente mes, se acordó que las retroactividades generadas por el aumento deberán abonarse en una sola vez conjuntamente con el primer salario que se pague a partir de la entrada en  vigencia del Convenio suscrito el 19 de abril de 2016, tras haber sido recogido y publicado por el respectivo Consejo de Salarios, salvo los acuerdos particulares que puedan realizarse entre cada empleador y trabajador respecto a la forma de pago;

 III) que la última parte de la cláusula antes referida podría implicar distintas interpretaciones respecto a la exigibilidad de los aportes correspondientes a la seguridad social;

 CONSIDERANDO:

  I) que ese mecanismo que coloca en cabeza de los particulares la forma de pago de una retroactividad, no obliga a la Administración en cuanto a ubicar en el mes siguiente al acuerdo, la exigibilidad de los tributos correspondientes;

 II) que no menos cierto es el particular segmento de contribuyentes alcanzados por el convenio, así como el singular mecanismo de dejar al libre acuerdo entre las partes, el cumplimiento del acuerdo suscrito con carácter nacional, todo lo cual conduce a esta Administración a contemplar un mecanismo de pago por vía de excepción, que permita el pago voluntario y puntual de las obligaciones que supone la cancelación de adeudos por una retroactividad de tres meses;

 ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

 EL DIRECTORIO DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL

 RESUELVE:

 

1 º)  AUTORIZAR A. LA ASESORÍA TRIBUTARIA Y RECAUDACIÓN A RECIBIR SIN MULTAS NI RECARGOS, EL PAGO DE LOS TRIBUTOS GENERADOS POR LA RETROACTIVIDAD POR LAUDO DE SERVICIO DOMÉSTICO, GENERADAS A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2016, SIEMPRE QUE SE ABONEN DE ACUERDO AL SIGUIENTE CRONOGRAMA:

A) LA CORRESPONDIENTE AL MES DE ENERO/16 JUNTO CON EL  PAGO DE LAS OBLIGACIONES CORRIENTES DEL MES DE CARGO ABRIL/16;

B) LA CORRESPONDIENTE AL MES DE FEBRERO/16 JUNTO CON EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES CORRIENTES DEL MES DE CARGO MAYO/16;

C) LA CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO/16 JUNTO CON EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES CORRIENTES DEL MES DE CARGO JUNIO/16.-

2º) PASE A LA ASESORÍA TRIBUTARIA Y RECAUDACIÓN A SUS EFECTOS.-

Texto completo de la resolución: Resolución del BPS sobre facilidades de pago de retroactividad en el Sector de Trabajo Doméstico


Comentarios

  1. Lucia abril 22, 2016

    una consulta ..esto significa que la retroactividad se va a pagar en tres veces?

    • LACCU Uruguay abril 22, 2016

      Estimada Lucía: Según el convenio la retroactividad generada debe abonarse de una sola vez salvo acuerdo particulares que puedan realizarse entre cada empleador y trabajador respecto a la forma de pago. Atte. LACCU

  2. Jimena Saavedra abril 22, 2016

    Hola! Si mal no entendí lo que se va a pagar en 3 veces sería los tributos correspondientes a la retroactividad, entendí bien?
    Saludos

    • LACCU Uruguay abril 22, 2016

      Estimada Jimena: Según el convenio la retroactividad generada debe abonarse de una sola vez salvo acuerdo particulares que puedan realizarse entre cada empleador y trabajador respecto a la forma de pago, sin perjuicio de eso el directorio del BPS decidió que los tributos generados por la retroactividad por laudo de servicio doméstico generadas a partir del 1º de enero de 2016 sean cobrados en 3 cuotas según el cronograma que se detalla en la nota. Atte. LACCU

  3. Rosina abril 22, 2016

    Ee pago en tres veces supongo vendrá en la factura de cada mes ya definido por BPS ?

    • LACCU Uruguay abril 22, 2016

      Estimada Rosina: La respuesta es sí. Atte. LACCU

  4. Maria jose mayo 2, 2016

    La senora que tengo en casa empezo a trabajar el 3 de noviembre de 2015, estuvo 15 dias a prueba y luego la contrate, a ella tambien le corresponde el total del aumento o 4,25% por ser el aumento que corresponde en este semestre porque ella no corresponde el % de inflacion del año pasado?.

    • LACCU Uruguay mayo 2, 2016

      Estimada María José: Toda persona que al 31 de diciembre haya estado contratada con el mismo patrón le corresponde el aumento independientemente de la fecha que empezó a trabajar. El incremento salarial va a depender de la remuneración a esa fecha no de la fecha de ingreso. Atte. LACCU

  5. Graciela febrero 9, 2017

    Buenas noches los aportes jubilatorios los abona patrón o empleada muchas gracias

    • LACCU Uruguay febrero 10, 2017

      Estimada Graciela: Hay aportes que le corresponde abonar al patrón y otros que corresponde pagarlos la empleada. Atte. LACCU

  6. Carolina marzo 15, 2017

    Buen dia . Tengo una duda en julio hay otro aumento para el servicio domestico? Gracias por este espacio.

    • LACCU Uruguay marzo 15, 2017

      Estimada Carolina: Así es, con el nuevo convenio los aumentos son en julio y en enero. Atte. LACCU

  7. Mirta izquierdo julio 2, 2017

    El aumento de cobra en julio o agosto

    • LACCU Uruguay julio 2, 2017

      Estimada Mirta: si es mensual lo cobrará en agosto cuando se abone el sueldo de julio. Atte. LACCU

  8. Alexandra diciembre 9, 2018

    Una consulta yo desde marzo estoy certificada me dijieron dónde trabajo q el bps m tiene que pagar retroactividad

    • LACCU Uruguay diciembre 9, 2018

      Estimada Alexandra: De qué retroactividad nos habla? Hasta la fecha no hubo atrasos en los aumentos, así que usted, se está certificada desde marzo, en julio (a pagar en agosto), el BPS le tuvo que haber liquidado el incremento correspondiente. Para más información comunicarse con el BPS o el Sindicato. Atte. LACCU

  9. Nombre valeria agosto 26, 2020

    Comentarios.buenos días una consulta cuando es que el patrón tiene que pagar la retroactividad?

    • LACCU Uruguay agosto 26, 2020

      Estimada Valeria: La retroactividad es al 1 de julio con el salario al 30 de junio y se pagará cuando se determine el aumento por lo tanto NO corresponde ningún reajuste a las trabajadoras contratadas con posterioridad a esa fecha. Atte. LACCU

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