Atención Sr. Empleador: Ley de Inclusión Financiera
A partir del jueves 1° de octubre (según ley 19.210 y decreto reglamentario 263-015), los trabajadores no bancarizados podrán elegir dónde cobrar su sueldo. Desde esa fecha, el asalariado tendrá nueve meses para seleccionar un banco o institución emisora de dinero electrónico, donde su empleador deberá depositarle el pago salarial. El trabajador deberá elegir un banco o un emisor de…