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Comunicado de BPS

 

 

 

 

 

 

 

El BPS, desde el departamento de Asistencia al Contribuyente y a solicitud de la Directora Representante Empresarial de BPS, Cra. Elvira Domínguez, nos remitieron el Comunicado 02/2015, para que demos a publicidad preferente al incremento salarial para el Sector de Servicio Doméstico vigente desde enero/2015, establecido por el Convenio Colectivo del Sector, según Acta de fecha 14/01/2015, y los porcentajes de prima por antigüedad que rige para el año 2015.

 

Banco de Previsión Social

Asesoría Tributaria y de Recaudación

Comunicado 02/2015

Asistencia al Contribuyente

Enero/2015

 

SERVICIO DOMÉSTICO

AJUSTE SALARIAL Y PRIMA POR ANTIGÜEDAD

Enero /2015

 

A partir de la vigencia del convenio colectivo referido a los trabajadores del sector Servicio Doméstico y según surge del Acta de fecha 14/01/2015, se informa el aumento salarial así como las tasas correspondientes a la Prima por Antigüedad prevista para dicho sector que rigen con vigencia desde 01/01/2015

• 1. Salario Mínimo del sector

Se establece en la suma de $ 11.945,35  por 44 horas semanales, siendo el mínimo por hora de $ 62,84 (procedimiento de cálculo $ 11.945,35 / 4,32 semanas en el mes / 44 horas semanales).

• 2. Aumento de salarios desde Enero/2015

Sobre la base de la remuneración vigente al mes de Diciembre/2014, se fijan porcentajes por franjas salariales. Se considera lo establecido en los convenios anteriores en relación a la corrección del desfasaje de la franja salarial, es decir que trabajadores con salarios comprendidos en una franja inmediata superior no pueden percibir un salario inferior al salario máximo de la franja inmediata anterior. Para calcular el aumento salarial que le corresponde al trabajador se distinguen dos situaciones:

a) Trabajadores mensuales

El cálculo surge de aplicar al sueldo nominal del mes de Diciembre/2014, el porcentaje respectivo o el mínimo, de acuerdo con la siguiente tabla para trabajadores que cumplen 44 horas semanales:

Salario Mínimo del sector
En aquellos casos que el trabajador no complete el total de la carga horaria, se deberá realizar la equivalencia de su remuneración a 44 horas semanales, para determinar el aumento según la tabla precedente.

b) Trabajadores jornaleros o por hora
El cálculo surge de aplicar al valor hora del mes de Diciembre/2014, el porcentaje respectivo o el mínimo, de acuerdo con la siguiente tabla:

(*) Valor mínimo por hora del sector
El valor hora mínimo surge de dividir $ 11.945,35 entre 4,32 semanas en el mes y 44 horas semanales, resultando un valor de $62,84.

3. Prima por Antigüedad

A los efectos de determinar el importe a pagar por concepto de prima por antigüedad desde Enero/2015, corresponde aplicar los siguientes porcentajes, dependiendo de la fecha de ingreso del trabajador:

  1. Instrumentación del ajuste salarial y prima por antigüedad por parte del BPS

    A partir de la información que consta en nuestro sistema se procederá al en forma automática a realizar tanto el aumento de laudos como el cálculo de la prima por antigüedad en función de la fecha de ingreso del trabajador, sin perjuicio de lo cual corresponde al empleador verificar los importes resultantes e informar en caso de inconsistencias a través del 0800 2001 Opción 2.

Por mayor información dirigirse a los puestos presenciales de Asistencia al Contribuyente, ubicados en Sarandí 570, PB y Colonia 1851, PB, Montevideo, así como en Sucursales y Agencias del interior o telefónicamente a través del teléfono 0800 2001 Opción.

 

 

2015 – Comunicado 02 – Servicio Doméstico Aumento y Prima por Antigüedad Enero 2015


 


 

 

 

 

 

 

 

 


Comentarios

  1. IVONNE LAPIDO agosto 9, 2017

    buenas tarde, con repeto a la prima x anatiguedad, es un porcentaje q tienen q pagar x mes ,por año? como se calcula.yo entre el !/6/2012, o sea seria 1 % gracias

    • LACCU Uruguay agosto 9, 2017

      Estimada Ivonne: La prima por antigüedad es un porcentaje (0,5%) que se agrega al salario y varía todos los enero. Usted debió haber empezado a cobrar la prima a partir de enero de 2014 pues en enero de 2013 aun no tenía un año. Para más información dirigirse con sus recibos de sueldo al sindicato o al ministerio de trabajo. Atte. LACCU

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